Micelio
Auto27 de mayo de 2021

A- de 2021

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Edier Esteban Manco Pineda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por improcedente, por cuanto no se acredita vulneración del debido proceso
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad parcial de la Sentencia C-025/21.

El peticionario argumentó que el precitado fallo incurrió en una incongruencia en la parte motiva y en la resolutiva y por ello solicitó la nulidad parcial respecto del artículo 6º y, en ese sentido, declarar la exequibilidad condicionada de la disposición, con el objeto de «dejar claro a todos los operadores jurídicos, bajo el principio de seguridad jurídica, tanto a los ciudadanos, abogados, notarios o jueces, que en el evento en que estemos presentes ante una persona en situación de discapacidad mayor de edad en estado severo o profundo, el mismo debe actuar por medio de un apoyo».

Por no encontrar elementos suficientes para establecer que procede la causal de nulidad de incongruencia entre la parte motiva y la parte resolutiva de la decisión, la sala Plena de la Corporación decidió RECHAZARLA, tras concluir que la inconformidad del solicitante se trata de un mero desacuerdo con la motivación que sustentó la decisión objeto de censura.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad parcial formulada por Edier Esteban Manco Pineda contra la Sentencia C-025 de 2021, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. Comuniquese la presente providencia al solicitante, con la advertencia de que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.